Tribulaciones del amparo

Escrito por Diódoro Carrasco Altamirano

Una de las minutas estratégicas que ha aprobado recientemente el Congreso de la Unión tiene que ver con la Ley de Amparo, institución fundamental de nuestro andamiaje jurídico. El tema central con el amparo es que cada vez, con mayor frecuencia, se había convertido en un recurso para evitar la aplicación de la ley, perjudicando el interés social y contraviniendo disposiciones de orden público, más que para la defensa de legítimos derechos de personas físicas y morales. Las modificaciones a esta ley han generado inevitable controversia jurídica y política.

Así, la nueva Ley de Amparo, aprobada por el Senado desde octubre de 2011, y recién ratificada (y a su vez modificada) por la Cámara de Diputados, incorpora una serie de cambios que lo hacen más asequible para el ciudadano común, pero que también introduce salvaguardas que fortalecen la rectoría del Estado para proteger el interés social y evitar su afectación. Para algunos representantes empresariales implican un potencial atentado contra derechos universales y un camino abierto hacia la arbitrariedad del Estado.

El punto clave de la controversia establece que se perjudica el interés social o se contravienen disposiciones de orden público cuando se impida u obstaculice al Estado la utilización, aprovechamiento o explotación de los bienes de dominio directo referidos en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Un argumento central de quienes se oponen a esta reforma y en particular al artículo citado es que se rompe el principio constitucional de la igualdad de todos ante la ley. Sin embargo, no puede perderse de vista el peso que tienen en la economía y en la relación de fuerzas económicas ciertos concesionarios que explotan bienes del dominio directo de la nación y también el hecho de que el amparo ha servido hasta hoy a muchos particulares, principalmente, para diferir al infinito la ejecución de los actos y mandatos legítimos de la autoridad. Algunos de los casos más emblemáticos y poco conocidos de esta situación, ocurren en algunas de las más grandes empresas mexicanas que no pagan predial ni agua gracias a amparos sucesivos. ¿Qué tiene que ver esto con la aplicación de la justicia y la salvaguarda de derechos legítimos?

En esta controversia, no todo está perdido para quienes se oponen a esta reforma, la nueva ley contempla, a su vez excepciones, por ejemplo, si el juzgador piensa que la no suspensión del acto reclamado trae más perjuicios que beneficios para el bien público, entonces no se aplicaría. La otra posibilidad reside en que en el Senado se hagan adecuaciones, en el sentido de poner un límite de tiempo a la resolución de los amparos, para evitar que la no suspensión del acto pueda traer daños irreversibles a los afectados, aun cuando finalmente el amparo les fuera favorable.

Me parece fundamental reconocer la pertinencia de que los poderes públicos de un Estado democrático tengan la capacidad de actuar con eficacia y oportunidad, cuando el usufructo o ejercicio de una concesión afecte o contravenga los intereses más generales. Sabiendo que finalmente será el Poder Judicial, y en particular la Suprema Corte, quien determine si el acto de autoridad viola o no derechos constitucionales.

Por lo demás, es de celebrarse que la ley amplíe la protección a los derechos de las personas, no solo a lo previsto en la Constitución, sino también a lo establecido en tratados internacionales; que abra cauce a la protección de los derechos sociales y ambientales; que el amparo no solo beneficie al amparado, sino que extienda su validez cuando una mayoría de ocho ministros declare la inconstitucionalidad de una norma. Que se modernice la demanda de amparo por internet y con firma digital.

La nueva ley otorga atribuciones más expeditas a la Corte para la integración de jurisprudencia y la resolución de contradicción de criterios, lo que abonará a una mayor seguridad jurídica en las decisiones del máximo tribunal.

Twitter: @DiodoroCarrasco

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Incursiona en géneros periodísticos, hace reportajes e investigación; es abogado, en “La Voz de Nayarit” como analista político. Los avatares del periodismo de opinión lo llevan al extinto “El Nayar”; posteriormente al revivir el diario como “Meridiano” es uno de sus columnistas principales. El gobierno de Celso Delgado y las organizaciones de periodistas le entregan el Premio Estatal de Periodismo 1993 en la modalidad de “Crónica”. Hace treinta y cinco años nace el periódico regional “Avance” y desde entonces es miembro de su página editorial como analista político. Pionero en Nayarit de periodismo en Internet, publica una página en la web “Crónicas del Sexenio”; se muda un par de años a Nuevo Vallarta y publica en los periódicos “Vallarta Opina” y “Nayarit Opina”. De regreso a Tepic incursiona en la Televisión pública como analista político. Establece una Consultoría Jurídica-Política y retoma el espacio en Internet, como periodista de opinión y reportero entrevistador.