Los diputados de Nayarit, son parte integrante del constituyente permanente de nuestro país; de una u otra manera inciden en las adiciones y reformas a la Carta Magna, de un modo tal que en estos últimos años, con la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal, han participado en importantes modificaciones y creando nuevas normas para la búsqueda de que México sea un Estado democrático de derecho; una de estas materias es la justicia para adolescentes.
En las reformas recientes al numeral 73 de la Constitución, se sientan las bases para la Ley del Sistema Integral de Justicia Penal para adolescentes; un ambicioso código que la federación crea y nos lo entrega para su vigencia a los Estados, dentro de la dinámica del Código Nacional de Procedimientos Penales, que es una legislación federal que se aplica en la jurisdicción de los delitos locales; esta legislación le impone graves tareas a los diputados, una de ellas fundamental, que es la adecuación presupuestal para su puesta en marcha.
Con la reciente entrada en vigor de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de justicia para adolescentes aprobadas por la Trigésima Primera Legislatura, las diputadas y diputados contribuyeron a dar congruencia en el orden jurídico que avala el respeto y garantiza los derechos humanos de los adolescentes en el Estado de Nayarit.
Mediante dicha reforma se definieron dos formas en las que el adolescente puede participar en un delito que es ejecutándolo directamente o bien, participando en su realización, por lo que se clarificó el grado de intervención que en su caso tendría el adolescente a partir de los 12 años de edad hasta los 18 en la realización del delito. Creando lo que se denomina «grupos etarios» de 12 a 14 años; de 14 a 16 y de 16 a 18, la peculiaridad de esta adecuación al infractor adolescente es, la poca monta y la naturaleza protectora que le impone a sus sentencias en los casos de ser señalados responsables de la comisión de un delito ante el Juzgado especializado.
Asimismo se cambió el concepto “derechos fundamentales” por el de “derechos humanos”, y se estableció que el proceso para adolescentes también se realizará por vía acusatorio y oral, ello acorde al nuevo sistema de justicia penal.
Otro punto importante, es la inclusión en la norma del concepto de «reinserción» del adolescente como una de las finalidades de este sistema de justicia y que, en el caso de los menores de doce años que hayan cometido o participado en un delito, se suprime la “rehabilitación” como medida a imponer, subsistiendo únicamente lo relativo a la «asistencia social».
La impartición de justicia para los adolescentes en Nayarit se aplica en el marco del nuevo sistema de justicia penal acusatorio, en las mismas salas de juicios orales en las que se desarrollan la de los adultos, con la diferencia de que se prevén una serie de garantías y derechos protectores a favor de los menores.
De esta manera, la Cámara de Diputados de Nayarit contribuyó a que la legislación nacional unifique el proceso a seguir en materia de justicia para adolescentes, mediante la aprobación unánime de las reformas al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aplicables con la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal acusatorio acontecido el 15 de junio del presente año.