* Transparencia llega al poder judicial
* Sin exponer los nombres de los sujetos procesales
Hace un par de lustros comenzó la modificación de las normas federales y reglamentarias para obligar a las entidades de los órdenes de gobierno a informar con pulcritud y puntualidad; de manera paulatina mediante una serie de decretos y adiciones, el Estado mexicano abolió su consustancial opacidad.
Una sociedad cada día mas empoderada, remodeló el cuerpo jurídico que le da vida a la estructura jurídico política del Estado, a nivel federal y correlativamente se procedió en consecuencia en las legislaciones de las entidades federativas; el poder judicial de Nayarit, ya había adelantado lo propio, y ahora con la vigencia de un reciente decreto federal, la armonización de esta legislación ya se concreta en la entidad.
Hoy que la circunstancia excepcional que vive México y la humanidad toda, con la omnipresente pandemia, el magistrado presidente Ismael González Parra, tiene que trabajar en las nuevas condiciones selectivas para el poder judicial; hemos de decirlo sin ambages, en toda la historia del Tribunal a su cargo, no había existido el acuerdo expreso de darles a los juzgadores de primera y segunda instancia la capacidad de discernir sobre el ritmo y el modo de los impulsos judiciales de los asuntos a su cargo.
Con la nueva disposición federal sobre #Transparencia; el #PoderJudicialdeNayarit seguirá cumpliendo su responsabilidad
En el Diario Oficial de la Federación se ha publicado el decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; dicho precepto establece que: “Además de lo señalado en el artículo 70 de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Judiciales Federal y de las Entidades Federativas deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
I. …
II. Las versiones públicas de todas las sentencias emitidas;”.
El artículo Primero Transitorio del mencionado decreto señala que éste “entrará en vigor a los 180 días posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, mientras que el Segundo Transitorio indica que: “Los Poderes Judiciales Federal y de las Entidades Federativas, contarán con un plazo de 180 días para iniciar la publicación de las versiones públicas del texto íntegro de las sentencia emitidas, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.”
Cabe señalar al respecto, por una parte, que el Poder Judicial de esta entidad ha dado pleno cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit, que en su artículo 37 expresa que: «El Poder Judicial del Estado, deberá poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
I. …
II. Las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público;»
Por otra parte, es de hacerse notar que el Poder Judicial ha ido más allá y desde 2019 presenta en su página de Transparencia todas las sentencias y no sólo las «que sean de interés público». De este modo, nuestra institución ya da cumplimiento al Decreto federal que acaba de publicarse.
La página de Transparencia del Poder Judicial de Nayarit está contenida en la web oficial del Tribunal Superior de Justicia e incluye la tabla de aplicabilidad prevista en la respectiva ley local.