Por Surya Palacios / Alto Nivel

El máximo tribunal del país también admitió una demanda similar del municipio de Chihuahua en contra de la primera parte de la reforma electoral.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió las Controversias Constitucionales promovidas por el municipio de Chihuahua y el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de las reformas a las leyes General de Comunicación Social, y de Responsabilidades Administrativas, que integran la primera parte del Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.La legislación combatida ante la Corte permite que los gobiernos federal, de las entidades federativas, y municipales, así como sus funcionarios, puedan difundir publicidad sobre sus logros y programas, aun en periodos electorales, lo que está prohibido en el octavo párrafo del artículo 134 de la Constitución.

Estos cambios legislativos están suspendidos desde el pasado 21 de febrero, debido a que el ministro Alberto Pérez Dayán determinó, al admitir las Acciones de Inconstitucionalidad de legisladores de oposición, que la reforma no podrá aplicarse -por el momento- en el Estado de México y Coahuila, pues en estas entidades se celebrarán elecciones este año.

En esta ocasión, al darle trámite a las Controversias Constitucionales del INE y del municipio de Chihuahua, Pérez Dayán negó la suspensión que había solicitado el Ayuntamiento. No obstante, las normas que se controvierten -de hecho- ya están suspendidas.

Violación de autonomía

En su demanda ante la Corte, el INE denuncia que las reformas a las leyes General de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas invaden sus facultades legales como autoridad electoral, trasgrediendo varios artículos constitucionales.

“El promovente de la controversia sostiene que el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en las porciones normativas que destaca, vulnera las disposiciones 1, 6, 7, 35, 41 y 134 de la Constitución Federal”, precisó el auto del ministro Alberto Pérez Dayán al admitir la controversia del INE.

La violación directa de la autonomía y las funciones que tiene la autoridad electoral estarían siendo trasgredidas por la primera parte del Plan B del presidente, el cual se encuentra en vigor desde el pasado miércoles 28 de diciembre de 2022.

En el auto admisorio de la controversia, el ministro Alberto Pérez Dayán detalló que el INE considera que la reforma obstaculiza la función que realiza el organismo como garante de los principios de equidad en las contiendas electorales, pues la comunicación social y la propaganda gubernamental tienen una importante incidencia en los comicios.

A su vez, el municipio de Chihuahua también cuestiona la constitucionalidad de la reforma junto con otros 125 demandantes, entre gobiernos estatales y municipales de todo el país, que también promovieron Controversias Constitucionales en contra de la primera parte del Plan Bde López Obrador.

El mes pasado, Alberto Pérez Dayán también admitió las Acciones de Inconstitucionalidad en contra de estos cambios legales promovidas por diputados y senadores de oposición, junto con las demandas de todos los partidos políticos contrarios a Morena. Fue en este momento cuando el ministro decidió suspender la aplicación de las normas reformadas en el Estado de México y Coahuila.

Esta medida cautelar fue considerada injustificada e ilegal por la Consejería Jurídica del presidente, dependencia que ya promovió un Recurso de Reclamación ante la misma Suprema Corte a fin de revertir la suspensión, aunque este aun no ha sido admitido.