Tribunal ordena aplicación de tercera dosis de vacuna vs Covid-19 a doctora embarazada

Por Surya Palacios / Alto Nivel
 

El Decimosexto Tribunal Colegiado en materia Administrativa de la Ciudad de México ordenó a la Secretaría de Salud aplicar una tercera dosis de la vacuna de Pfizer contra el Covid-19 a una doctora embarazada quien, a través de un juicio de amparo, demandó el refuerzo del biológico debido a que se encuentra doblemente vulnerable ante el virus del SARS-CoV-19.

“Al ser médico de primera línea y mujer embarazada con dieciséis semanas de gestación, la protección del derecho a la salud, resulta ser de orden público e interés social. (…) Por ende, los efectos de la suspensión consisten en que la autoridad, en un plazo de veinticuatro horas, aplique a la quejosa la dosis de refuerzo de la vacuna Pfizer-BioNTech”, detalla la resolución del Tribunal cuya copia posee ALTO NIVEL.

Con este fallo, el Decimosexto Tribunal Colegiado en materia Administrativa de la Ciudad de México le concedió la suspensión de plano a la médica demandante, medida cautelar que hace las veces de suspensión definitiva.

El refuerzo aun no ha sido aplicado a la doctora, a pesar del plazo de 24 horas que el Tribunal le otorgó a la Secretaría de Salud, pues esa institución apenas recibirá la notificación correspondiente de la suspensión concedida.

Argumentos científicos

La médica que promovió el juicio de amparo para recibir una tercera dosis de refuerzo de la vacuna contra el Covid-19 fue inoculada con esta por primera vez hace nueve meses, como parte de las primeras dosis que se aplicaron en nuestro país.

Ahora, debido a su estado de gestación, y a que es médico de primera línea que atiende pacientes con Covid-19, se encuentra con una doble comorbilidad, de acuerdo con las recomendaciones que ha hecho el Grupo de Expertos de Asesoramiento Estratégico sobre Inmunización de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

De igual forma, la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA por sus siglas en inglés) autorizó una tercera dosis de la vacuna de Pfizer para los mayores de 65 años, y también para mayores de edad en riesgo de salud o especialmente expuestos al Covid-19.

“Este último grupo de personas especialmente expuestas consiste en los trabajadores de la salud, profesores, cuidadores, empleados de supermercados, personas sin hogar y privadas de la libertad”, detalló la FDA en un documento publicado el pasado 22 de septiembre.

Estas y otras recomendaciones internacionales se ofrecieron como parte de los argumentos de la demanda de amparo promovida por la doctora a través del abogado Ángel Gutiérrez. De manera específica, en el ocurso se reclamó la omisión del Estado mexicano para proteger -hasta el máximo de sus recursos disponibles- el derecho a la salud de la población, especialmente de las personas en circunstancias de vulnerabilidad.

Derechos y excepciones

Ante la situación excepcional que vive el mundo desde principios de 2020, debido a la pandemia de Covid-19, el Estado mexicano también debe responder con políticas públicas de carácter extraordinario.

“No hay una justificación para que no se obligue al Estado a cumplir con el derecho de acceso a la salud hasta el máximo de los recursos disponibles”, esa es la principal razón por la que se han promovido este tipo de amparos, dijo en entrevista con ALTO NIVEL el médico y abogado Ángel Gutiérrez,quien fue uno de los primeros litigantes en obtener en los juzgados suspensiones a favor de adolescentes sanos, para que estos obtuvieran la vacuna contra el Covid-19.

El máximo de los recursos disponibles “no es lo que haya, sino lo que el Estado está obligado a buscar para poder satisfacer esta necesidad” que forma parte del derecho fundamental a la salud, reconocido en nuestra Constitución y en los Tratados internaciones de derechos humanos de los que México es parte, añade Gutiérrez.

De hecho, ante los cientos de amparos que se han acumulado en los juzgados de Distrito de todo el país, la Secretaría de Salud modificó -en septiembre pasado- su política de vacunación contra el Covid-19, incluyendo en esta a los menores de entre 12 y 17 años con algún padecimiento, en tanto que los adolescentes sanos que ya han sido vacunados solo han podido acceder al biológico a través de juicios de amparo.

En este caso, la suspensión de plano en beneficio de la doctora embarazada es la primera que se concede en un amparo para la tercera dosis de refuerzo de la vacuna contra el Covid-19. La resolución, que por ser novedosa e inédita, sentará un precedente para casos similares, se obtuvo mediante un recurso de queja luego de que un juzgado de la Ciudad de México omitió admitir la demanda.

Al resolver la queja, los magistrados María Guadalupe Molina Covarrubias y Ernesto Martínez Andreu, junto con Carlos Vargas Díaz, este último secretario en funciones de magistrado, decidieron conceder la suspensión de plano a la médica demandante porque “el derecho a la protección de la salud se traduce en la obligación del Estado de establecer los mecanismos necesarios para que todas las personas tengan acceso a los servicios de salud”, apunta el fallo.

Los integrantes del Decimosexto Tribunal Colegiado en materia Administrativa de la capital del país añadieron que “con la concesión de la suspensión se pretende tutelar el derecho a la salud del personal médico de primera línea y en su condición de embarazada, aspecto que indudablemente interesa a la colectividad”.