Juez determina mantener en prisión preventiva justificada al ex titular de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit (ASEN)
Transcurridos más de dos años y medio de encontrarse en prisión preventiva justificada –tras su aprehensión en el 2021, aunque durante 1meses del 2019 y del 2020 también estuvo en reclusión-, el ex titular de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit (ASEN) Roy Rubio Salazar volvió a solicitar su libertad, sin embargo, este miércoles 10 un juez de Control se la negó, advirtiendo que no han variado las condiciones de cuando se impuso la medida de prisión el 21 de junio del 2022, dentro de la causa penal 979/2022 que se abordó, en la que está vinculado a proceso por los probables delitos de ejercicio indebido de funciones y peculado en agravio del Congreso del Estado.
Acompañado de un defensor, el ex alto funcionario, que también se desempeñó como secretario de la Contraloría al inicio del gobierno de Roberto Sandoval Castañeda, fue trasladado de la penal de Tepic ante el juez para el desarrollo de una audiencia denominada de revisión de medidas cautelares.
El abogado particular planteó que su defendido podría seguir el expediente en libertad, presentándose a firmar y con una garantía económica, considerando que dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en contra de México dan la pauta para que se pueda acceder a diversas medidas, aunque un imputado tenga otros procesos o sentencias.
Por su parte, la agencia del Ministerio Público que representó a la Fiscalía General del Estado (FGE) se opuso a la petición, advirtiendo que en su momento no sólo se consideró el tema de los tantos expedientes del imputado, sino el peligro a la obstaculización del asunto por la posible influencia en testigos.
Se precisó que el 14 de mayo del 2020 Rubio Salazar reconoció su responsabilidad en el expediente 825/2018 y se sometió a un procedimiento abreviado –lo cual le permitió recuperar la libertad, con el compromiso de regresar a la ASEN, en un año, más de siete millones de pesos, lo que aún no habría ocurrido.
También se dijo que en la causa penal 762/2019 por el delito de amenazas, a la que se acumuló la 1358/2019 por falsificación de documentos, hay una sentencia condenatoria de un Tribunal de Enjuiciamiento desde el ocho de febrero del 2023 –misma que aún estaría en el recurso de apelación.
Y luego, el expediente 1324/2021 por los probables delitos de ejercicio indebido de funciones y peculado que motivó su segunda aprehensión, además del ya citado 979/2022.
El defensor consideró que aunque las sentencias de la Corte Interamericana hayan sido posteriores a los asuntos enlistados, deben beneficiar al imputado, recordando que éste en todo momento cumplió con las medidas cautelares en la época en que estuvo libre, por ejemplo en una ocasión pidió autorización judicial para viajar a Guadalajara, Jalisco, con lo que dio muestras de no pretender sustraerse de la justicia.
Al dictar su resolución, el juez advirtió que no se hizo alusión al riesgo de obstaculización del procedimiento, considerado cuando se impuso la prisión preventiva justificada, por lo que se estuvo ante un análisis parcial del 50 por ciento.
También estimó que no fluyeron datos idóneos que hagan suponer un cambio en las condiciones del imputado, restando valor al viaje a Guadalajara, que fue en el 2021, antes de que iniciara la causa penal 979/2022.
Rubio Salazar no hizo mayor pronunciamiento durante la audiencia. Decidido que no se retiraría la medida cautelar de prisión justificada, al finalizar la audiencia solicitó permiso para hablar unos minutos a solas con su defensor, lo que fue autorizado.
Se prevé que el presente fallo en los próximos días sea combatido a través de un juicio de amparo ante un Juzgado de Distrito.