¿JUECES DE CONSIGNA..?

• Oprobio de jueces en las prácticas judiciales
• Medidas inconvencionales condena la CIDH

Este fin de semana, en sus espacios de las redes sociales, el poder judicial postea enfática información, señalando que “Mantiene Poder Judicial el compromiso de actualización constante de Juezas y Jueces. Con la presencia de la Magistrada Presidenta, Rocío Esther González, terminó intercambio de conocimientos y experiencias sobre buenas prácticas en los sistemas acusatorio y penal tradicional.”

Tal aserto es loable pero incompleto, la dinámica de la lógica procesal y el desempeño de todas las etapas del sistema penal de corte acusatorio, implica la presencia de las partes acusadora y defensora, para mejorar las prácticas procesales, lo que se requiere no son siloloquios, sino auténticos conversatorios, en los cuales participen agentes del MP y Abogados litigantes.

De lo contrario solo es un ejercicio de elogios mutuos, sin que sean confrontados con la realidad, las perniciosas prácticas judiciales que prevalecen aún desde el viejo sistema penal tradicional, en el cual, los gobiernos en turno, el Estado mexicano utiliza (ba) el derecho penal como medida de represión en contra de sus adversarios políticos.

Hoy, al igual que en el gobierno de Roberto Sandoval, con las polémicas e ilegales acciones del fiscal Edgar Veytia, se quejan los Abogados litigantes de que persisten los jueces de consigna, quienes carecen de las virtudes cardinales de la tradición latina para ser juzgadores; y además, como lo hemos dicho desde hace años en este espacio, no pueden ser buenos jueces aquellos Abogados que no han pasado unos cuatro o cinco años en el ejercicio de la profesión.

Estos jueces son “Abogados de gabinete” que no han conocido las vicisitudes del Abogado litigante, y por lo tanto están incapacitados intelectualmente para entender la amplia gama de la protección del sistema penal de corte acusatorio.

Letrado que no ha litigado, que no se ha enfrentado a un MP incapaz, corrupto e indolente, o ante jueces dogmáticos y majaderos -como José Manuel González Zepeda que como juez de consigna desnaturaliza el CNPP en los procesos que tiene a cargo- no tienen cabal consciencia de la característica fundamental del sistema penal de corte acusatorio, el respeto a la dignidad humana, al derecho a la libertad y la presunción de inocencia.

Y precisamente hoy, los jueces sujetos a proceso son los vilipendiados, como Manuel Núñez, y en espera de que se resuelvan dos, tres querellas ya presentadas ante la Fiscalía por otros tantos ex agentes del MP agraviados.

Y en este tenor, también en el pasado fin de semana se conoció que México fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la grave violación a los derechos fundamentales que generan el arraigo y la prisión preventiva, en un caso con el que deben cambiar las normas de nuestro país, y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues ambas figuras son contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La sentencia del caso Tzompaxtle Tecpile y otros vs México, la Corte IDH declaró que México es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial; nuestro país es responsable por violar la libertad personal y la presunción de inocencia por la aplicación del arraigo y de la presión preventiva.

La sentencia ratifica lo que han pugnado por años los estudiosos del derecho penal, que la aplicación del arraigo y la prisión preventiva, medidas que -en vez de ser cautelares y excepcionales- en realidad constituyen una forma de sanción anticipada que viola los derechos de presunción de inocencia, garantías judiciales, integridad y libertad personal, y vida privada.

Tales asertos que conlleva esta sentencia desde luego que son desconocidos por el juez instructor Fabián Bernal Muñoz, que estableció el viernes pasado prisión preventiva oficiosa en contra del ex rector Nacho Peña, quien con argumentos pueriles e insubstanciales justificó la medida, que a juicio de sus defensores y en relación a otros distinguidos imputados, notarios y ex funcionarios del gabinete del gobernador anterior, gozan de su libertad personal, no obstante las cifras millonarias del daño patrimonial cometido que representan sus latrocinios.

En este espacio de análisis político, nos negamos a aceptar que esta actuación detestable del Juez Fabián Bernal Muñoz, haya sido por consiga de la fiscalía para tratar de quedar bien con el gobernador Miguel Ángel Navarro; es evidente que tal desaguisado procesal, va en contra de su humanitarismo y valores en que sustenta su justicia social.


Contacto.- mirtha.palacios@hotmail.com