Todos los funcionarios y empleados del poder judicial, tienen servicios médicos con el Instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del Estado; servicios que nacieron con toda la proyectiva de un Estado protector y que hoy, para la mala fortuna de sus derecho habientes, han llegado a condiciones de grave precariedad, los servicios hospitalarios y medicina especializada, son la parte más sensible, existe una falta enorme de instalaciones y de especialistas para prodigarle al enfermo una adecuada atención.
Hoy, en el interior del poder judicial existen dos casos –a lo mejor hay otros- de excelentes funcionarios judiciales; el primero de un eficaz y diligente secretario de acuerdos de un juzgado penal, se llama Ulises y se encuentra en condiciones de gravedad, al enfermarse, no pudieron atenderlo en el hospital del Issste, y su familia desesperada lo llevó al Puerta de Hierro, sus padecimientos siguieron y al no poder una cantidad enorme para su familia tuvieron que solicitar la ayuda económica del personal del poder judicial.
Luego, fue llevado al hospital del Imss, en dónde una grave negligencia médica le agravó su ya difícil estado; no sabemos aún el descenlace que le espera, empero, es un claro ejemplo de que el status actual de los servicios médicos son ineficientes.
El otro, el caso de un excelente juez de un juzgado familiar, diabético y con problemas del corazón, el exceso de trabajo, miles de casos que marchan con las enormes precariedades que tienen actualmente estos juzgados; el stress a que ha estado sometido, le produjo un ataque parálisis facial con implicaciones de otro tipo.
Isidro, en recuperación, con modestos servicios de terapias, sigue preocupado por los casos delicados que tiene para resolver; no cuenta con medicina especializada ni recursos para buscarlos, su pronóstico médico es reservado, aún no sabe para cuándo pueda regresar a sus labores.
Un juez, un hombre justo; un buen secretario, que ha sido diligente y capaz, están en el lecho del dolor; el poder judicial, sus funcionarios deben ruborizarse ante la incapacidad del Issste para atenderlos debidamente, es menester encontrar otros mecanismos para que todo trabajador del poder judicial tenga los servicios médicos que requieren sus dolencias, producto, sí producto de sus angustiosos espacios de trabajo, pudiesen incluso considerarse como enfermedades profesionales.
El reglamento para la dictaminación en materia de riesgos del trabajo e invalidez del Issste lo prevé como riesgo de trabajo: la determinación de la presencia o no de un riesgo del trabajo, como resultado del análisis de la relación causal entre el riesgo del trabajo o enfermedad profesional y la actividad laboral del trabajador.
¿Qué se le reclame al Isste..? urge una determinación del Concejo de la judicatura del Estado…
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