Inconstitucional, Prohibir 10 Años a Funcionarios Trabajar en Sector Privado: SCJN

Por Surya Palacios / Alto Nivel

El máximo tribunal del país declaró que se violan DDHH con esa prohibición establecida en la Ley Federal de Austeridad Republicana.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este lunes que es inconstitucional el lapso de diez años que obliga a los exfuncionarios a no trabajar en empresas luego de que abandonen su puesto en el gobierno, debido a que con ello la Ley Federal de Austeridad Republicana impone una restricción exagerada que violenta derechos humanos, y varios principios de la carta magna y de Tratados internacionales.

“Esta norma restringe innecesaria y desproporcionadamente la libertad de trabajo prevista en los artículos 5 y 123 constitucionales, 15 (sic) de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, afirma la sentencia avalada con el voto unánime de los 11 ministros que integran la Corte.

El fallo resuelve así una Acción de Inconstitucionalidad presentada en 2019 por senadores de oposición a Morena, que plantearon en su demanda diversas trasgresiones constitucionales en el contenido de la Ley Federal de Austeridad Republicana, aprobada en el Congreso -a iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador-con el voto de la mayoría del partido gobernante. Esta norma, está vigente desde el 20 de noviembre de 2019.

La ponente de esta sentencia, la ministra Norma Lucía Piña Hernández, afirmó que hay una finalidad legitima en la ley con la que se pretende evitar conflictos de interés y el uso de información privilegiada.

Sin embargo, la prohibición para que los exservidores públicos no laboren en la iniciativa privada sino hasta que pasen 10 años de haber dejado la administración pública, restringe en forma exagerada y desproporcional la libertad de trabajo, un derecho humano que contempla la Constitución.

“Dicho con otras palabras, el grado de afectación que en el caso sufre el derecho al trabajo no es proporcional a la importancia de realizar el fin perseguido, ya que éste puede lograrse sin afectar con tanta intensidad la libertad de trabajo”, apunta la sentencia.

El segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana dispone que los servidores públicos, que por cualquier motivo se separen de su cargo, “no podrán ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos diez años”.

En un Estado democrático y de derecho “no cualquier razón puede justificar una restricción a los derechos humanos”, como lo hace esa porción normativa, considera el fallo de la Corte.

Prohibir que un exfuncionario no pueda trabajar en la iniciativa privada durante una década “va más allá de lo que es razonable” para proteger los intereses públicos del gobierno, añade la resolución que aprobó de manera unánime el Pleno del máximo tribunal del país.

Con esto, aquellos exservidores públicos que decidan laborar en empresas deberán guiarse exclusivamente con lo que dispone la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que prevé un plazo de un año, después de concluir su gestión, para que cualquier exfuncionario pueda ser contratado en la iniciativa privada.

La Corte agregó que los derechos humanos contemplados en la Constitución y en los Tratados internacionales “tutelan bienes básicos derivados de los principios de autonomía personal, dignidad e igualdad, y por ello tienen la máxima jerarquía” en el sistema jurídico mexicano, en contraste con lo que puede establecer una norma como la Ley Federal de Austeridad Republicana.

La veda de 10 años para que los funcionarios no trabajen en empresas, que la Corte declaró inconstitucional, no está contemplada en ningún país del mundo occidental, principalmente porque nadie puede vivir una década sin recibir ingresos, a menos que se le otorgue un sustancioso retiro gubernamental, lo que obviamente no ocurre en México.

Austeridad sin violar DDHH

Por otro lado, al analizar la validez de los artículos 1 y 4 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinaron que esos numerales no trasgreden la Constitución, siempre y cuando se entienda que la austeridad no implica un permiso para que las autoridades violen derechos humanos, lo que se dirá expresamente cuando sea publicada la sentencia.

A petición del ministro Alberto Pérez Dayán, al proyecto aprobado se le agregará la aclaración de que el concepto de “austeridad republicana” no existe en la Constitución de nuestro país, por lo que este debe entenderse de conformidad con lo que dice el artículo 134 de la carta magna, que establece que los recursos económicos del presupuesto “se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez”.