PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2013-2018
FORO DE CONSULTA, ESTADO DE NAYARIT
PROPUESTA AL EJE DE GOBIERNO: MEXICO EN PAZ
Estado de Derecho; Transparencia y Combate a la Corrupción
Podemos afirmar que un gran conglomerado social comparte el concepto “Estado de Derecho”, sin necesidad de largas disquisiciones jurídico políticas, entendemos que se expresa y realiza en la norma legal, pero también en la definición y el funcionamiento efectivo de las instituciones, así como en la cultura y las prácticas políticas de los actores.
Para construirlo en nuestro país, el Estado de Derecho requirió de todos, sociedad y gobierno, actores y protagonistas; y desde luego, éste, no se agota en la edificación de nuestro sistema jurídico constitucional; y la primera función que tiene es la prevalencia del gobierno de las leyes, sobre el arbitrio y la voluntad de los ciudadanos.
En una sociedad como la nuestra, merced al Estado de Derecho, tenemos el reconocimiento y la garantía de los derechos fundamentales del individuo, en sus relaciones inter subjetivas y con el Estado; nos ofrece en la dinámica social, certidumbre y orden en lo jurídico, con un escenario de mutaciones que se posibilitan por que nos brinda los espacios para la confronta del cambio social.
El derecho, se considera como un conjunto de normas que rigen y regulan el accionar del ciudadano en la sociedad, cuya inobservancia trae consigo una sanción; este es un imperativo que dimensiona la organización colectiva de los ciudadanos, salvaguardando sus derechos y exigiendo el cumplimiento de sus obligaciones para consigo y para con su comunidad.
Como resultado de la evolución de la vida comunitaria, el derecho no se limita a la expresión del marco social de dónde se alimenta y evoluciona, sino que se constituye en el elemento ordenador de la sociedad, generando condiciones para que exista una sociedad democrática, porque sin democracia no existe el Estado de Derecho.
Y para que nuestro país, pueda aspirar a construir una democracia sin adjetivos, acorde a nuestras condiciones culturales y aspiraciones civilizatorias, es menester que se imponga como basamento de la integración social, una auténtica cultura de la legalidad, el abatimiento de la simulación y la impunidad en todos los órdenes, dado que no es recomendable separar nuestro sistema jurídico del contexto cultural en el cual surge.
Y tenemos que considerar que el común del mexicano tiene la concepción de que nuestra sociedad es una estructura jerárquica; de ahí que es menester abolir la conceptualización social que le es inherente a la población de que los gobernantes y administradores de los entes públicos, son, seres superiores y privilegiados, por cuyo cumplimiento de sus funciones bien vale la pena permitirles que utilicen parte de su poder en un ejercicio patrimonialista, -para sí y para los suyos- y esta condición ha sido es la fuente generadora del encono y la confronta social.
Recuperando la rectoría social y política el Estado mexicano; vemos que las reformas implementadas por el presidente Enrique Peña Nieto, tienen en el fondo el trascendental objetivo de hacer regresar al Estado como el primer poder en México, acotando los poderes fácticos y regulando su existencia, evitando prácticas mono o duopólicas , tal como sucede en el territorio de las telecomunicaciones.
Los ciudadanos debemos ser absolutamente iguales ante la ley, las normas deben garantizarlo; y por ende, el funcionario, el servidor público debe estar constreñido por el firme precepto legal a conducirse con eficiencia, honestidad y transparencia en el ejercicio de las funciones para las que fue electo o para las que ha sido nombrado.
El caso de la Ley General de Contabilidad es aleccionador, vigente desde el 2009, pocas autoridades cumplieron con sus preceptos; fue necesario que la legislatura federal a iniciativa del ejecutivo federal anterior, se le dotara de “dientes”, es decir que se incorporaran adiciones que establecen penas privativas de libertad y altas multas económicas para imponerlas a los funcionarios que sigan siendo omisos con las obligaciones de darle transparencia y publicar el ejercicio de los recursos públicos a su cargo.
En este sentido, nos permitimos proponer la reforma constitucional y las adiciones a las leyes federal y estatales reglamentarias del Congreso Federal y de los Estados, para perfeccionar el proceso de fiscalización que llevan a cabo la Auditoría Superior de la Federación y los Órganos de Fiscalización de las entidades federativas, dotarlos de mayor eficacia para el discernimiento puntual de las responsabilidades judiciales que hayan lugar.
Proponemos que en el momento en que el funcionario o servidor público presenta las excepciones y documentación inherente para resarcir los dictámenes de responsabilidad que se le han aplicado, la audiencia no se lleve a cabo ante funcionarios menores de las entidades fiscalizadoras, sino por el contrario, que esta responsabilidad de comparecer no sea delegable en absoluto y que se lleve a cabo ante los diputados integrantes de la comisión de hacienda, cuenta pública y presupuesto.
Esta comparecencia, deberá ser pública y con la presencia de medios, para que la sociedad conozca a cabalidad, de manera puntual, cuáles fueron las faltas cometidas por el servidor público, y de qué manera se presenta el desarrollo de su garantía de audiencia y cómo justifica la comisión de las responsabilidades resarcitorias que le han sido impuestas por el órgano de auditoría gubernamental.
Si nos encaminamos a la instauración del modelo de justicia penal acusatorio, en donde la oralidad será la norma, de esta manera, en este renglón tan importante para la vida pública del país, podremos avanzar en los correctivos de los malos funcionarios que vulneren de manera voluntaria la ley; y que sean los diputados locales y federales, con nuevas atribuciones ante la evidencia de ilícitos cometidos, quienes determinen la consignación de los responsables ante la fiscalía correspondiente, para que se ejercite la acción punitiva es su contra.
Estoy cierto de que, al implementarse esta pequeña reforma de procedimiento, su efecto correctivo y disuasor será de impacto para el perfeccionamiento de las prácticas administrativas de todos aquellos servidores públicos que tienen a su cargo el manejo de recursos públicos.
Atentamente
Luis Ignacio Palacios Beas