El IMSS te Debe Reembolsar Costo de las Medicinas que Compraste: este es el proceso

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Surya Palacios / Alto Nivel

La Suprema Corte ya estableció que el IMSS debe pagar lo que gastó el paciente en los medicamentos no surtidos por la institución.

El Instituto Mexicano del Seguro del Social (IMSS) tiene la obligación de reembolsar el costo de las medicinas que hayan adquirido por su cuenta los derechohabientes, cuando ese organismo aduce desabasto de los fármacos, pues la omisión en el suministro de estos, o su entrega tardía, transgreden el derecho humano a la salud, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En un precedente obligatorio (jurisprudencia), la Primera Sala del máximo tribunal del país ya estableció que el IMSS deberá pagar lo erogado por el paciente cuando este adquiera con sus recursos los medicamentos que le haya prescrito su médico tratante del IMSS, y en esa institución no le surtan de manera completa la receta.

La omisión o retraso en la entrega de las medicinas incumple lo previsto en los artículos 1 y 4 de la Constitución mexicana, pues con ello el IMSS vulnera “el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”, detalla el precedente de la Corte.

Este fallo es obligatorio para todos los jueces y magistrados del Poder Judicial de la Federación, por lo que -si tú has gastado en medicamentos que no te ha entregado el IMSS- a pesar de que ahí mismo te fueron recetados, es necesario que promuevas un Juicio de Amparo para hacer efectivo el reembolso.

Para ello no necesitas pagar a un abogado, puedes acudir a alguna de las delegaciones que tiene en todas las entidades el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), los datos de estas oficinas los encuentras en este enlace:

https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2Fdelegaciones.htm

Lo que debes llevar

El abogado que te atenderá, ya sea en el IFDP o un litigante particular que tú decidas contratar, te pedirá lo siguiente:

  • Tu nombre y domicilio.
  • Tu INE y tu número de seguro social.
  • La receta no surtida del IMSS.
  • El recibo de la compra respectiva de los medicamentos.
  • Los datos del médico que te prescribió los fármacos (deben estar en la receta)
  • El número, nombre y domicilio de la clínica o unidad del IMSS a la que acudiste para tu atención médica.
  • El domicilio de la farmacia del IMSS que no te surtió los medicamentos, en caso de que en tu clínica te hayan dicho que acudieras a una farmacia distinta a la que está en ese establecimiento.
  • En la demanda de amparo el abogado debe citar el precedente de la Suprema Corte que ya señalamos, cuyo número de Registro Digital es 2027441.

Este criterio está contenido en la Tesis: 1a./J. 153/2023 (11a.) que se muestra a continuación:

Opciones para el litigio

Si no deseas acudir Instituto Federal de Defensoría Pública, también es factible que tu demanda de amparo la tramite en tu nombre alguna organización civil que preste servicios gratuitos en esta materia.

Por ejemplo, está el colectivo Justicia Covid (https://justiciacovid.com/) que ha demandado con éxito al IMSS por la omisión en la entrega de medicamentos.

Aunque por su nombre te puede parecer que en esta organización solo llevan casos relacionados con la pandemia de coronavirus, en realidad se trata de un grupo de abogados que -gratuitamente- proporcionan servicios legales a todas las personas que se encuentren en una situación de salud vulnerable.

El médico y abogado sanitarista Ángel Gutiérrez, quien ha ganado decenas de demandas de amparo en contra de instituciones de salud pública, también te puede ayudar (sus honorarios se adaptan a tus necesidades) sus datos son: Medicojurista@gmail.com y @medicojurista en X (antes Twitter).

Otra opción es solicitar los servicios de Renace (https://renaceslp.org/home-2/), que igualmente tiene una amplia experiencia ayudando a las personas que ven afectada su salud y economía ante el desabasto de medicamentos.