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Al cambio social
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Los límites legales a la justicia social
En el siglo pasado, en 1975 para ser exactos, Eduardo Novoa Monreal publicó en Siglo XXI editores un librito denominado “El derecho como obstáculo al cambio social” sin duda sus apuntes nacen del experimento de Salvador Allende en Chile con su fallido intento de modificar el sistema jurídico político de aquel país, con una alternativa de socialismo singular.
Señala en dicho texto que el Derecho ha perdido su vitalidad de otrora, pues los sistemas jurídicos vigentes quedaron enraizados en una plataforma de principios y supuestos de épocas trascendidas históricamente. Con toda proporción guardada, esta visión puede aplicarse a los esfuerzos que hace Miguel Ángel Navarro en su política de garantizar más y mejores ingresos para los productores rurales de la entidad.
Recordemos que toda la legislación jurídica latinoamericana deviene del Código Civil francés, que garantiza el espíritu liberal-individualista de la ideología de la Revoluci6n Francesa que sancionó el triunfo de la burguesía sobre los privilegios feudales y permitió la consolidación y desarrollo del capitalismo moderno, misma que, revolucionaria en su origen, devino en conservadora al ser codificada y convertirse en garantía de una forma de vida quieta y segura.
Como en cierta medida lo es la estructura jurídico política mexicana, que tiene en su base constitucional una marcada intervención del Estado en la regulación de algunos procesos económicos, como el control de los hidrocarburos.
Es, una legislación moderna surgida de los movimientos sociales latinoamericanos, cuyo preludio fue la Revolución Mexicana de 1910. Es una copiosa legislación para la clase trabajadora: derechos laborales, seguridad, asistencia y previsión social y mejoramiento general de las condiciones de vida
En México garantiza la Constitución la libertad de tránsito, la libertad de comercio, la prohibición de alcabalas que impiden fiscalización de la movilización de los productos básicos, normas que apuntan a afianzar el status jurídico presente, a impedir que cambie la estructura social vigente.
Con todo, en el ambiente social van ganando terreno las ideas contrarias a los principios del derecho tradicional que tienden a la defensa y protección del interés individual sobre el colectivo.
Las acciones del gobernante de los náyaros tienden a una mayor correspondencia con sus proyectos concretos de vida social que surgen de su praxis política eminentemente justicialista; Miguel Ángel tiene la perspectiva de un cambio social profundo a favor de la primacía del interés general sobre el particular que se identifica en los mayoristas compradores de los productos del campo, intervencionistas que hacen uso de su libertad de comercio, conocidos como “coyotes” puesto que sin duda este régimen de libertades les garantiza sus ventajas.
Este es, un gobierno protector de la clase trabajadora, que se ve forzado a rigidizar las medidas legales para impedir el aprovechamiento ilegítimo en los ciclos productivos y la comercialización de los granos básicos que produce el campo de Nayarit, con su política pública Navarro Quintero exige relaciones jurídicas basadas en principios justos.
Y esto lo saben los juristas, el derecho carece de fines propios, se encuentra al servicio de los fines políticos dominantes en una sociedad dada, es decir que la decisión política deberá ser instrumentada por medio de preceptos jurídicos para que pueda ser acatada y cumplida. Hoy es preciso que el entramado jurídico político que nos rige debe ser claro, porque la explicación jurídica es incompleta sino se refiere a la economía y la política.
Épica batalla sin duda.
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