Por Surya Palacios / Alto Nivel

A petición del Partido Verde, se eliminó el intercambio de votos entre partidos lo cual tendrá que ser aprobado por el Senado.

Con 269 votos a favor y 217 en contra, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la reforma a cinco leyes secundarias en materia electoral, eliminando la posibilidad de que los partidos políticos puedan intercambiar votos entre sí, como lo avaló el Senado previamente. Este cambio de nuevo pasará a la Cámara alta para una última ratificación.A petición del Partido Verde Ecologista, los diputados dieron marcha atrás a la llamada “cláusula de la vida eterna”, que permitía a los institutos políticos recibir votos de otros partidos en caso de que alguno de estos estuviera en riesgo de perder el registro, al no alcanzar el 3% de la votación en elecciones generales.

“Entendemos en qué momento estamos, ojalá más adelante tengamos la oportunidad de hacerlo de manera seria, porque esto recogería una oportunidad para todos los partidos políticos”, dijo Carlos Puente, coordinador de los diputados del Partido Verde, al solicitar la eliminación de la polémica cláusula.

Con esto, de conformidad con el artículo 72, fracción E, de la Constitución, el Senado tendrá que aprobar el cambio hecho por los diputados, lo que podría llevarse a cabo en 2023, en un periodo extraordinario, o hasta el inicio del próximo periodo ordinario de sesiones que inicia el 1 de febrero.

El resto de la reforma, aprobada por ambas Cámaras, puede pasar al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El denominado Plan B electoral del presidente López Obrador, que contiene diversas trasgresiones constitucionales, reestructura las funciones del Instituto Nacional Electoral (INE), interviniendo en su autonomía.

También compacta las actividades de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES); cancela los fideicomisos creados por el INE para enfrentar sus pasivos laborales; y prohíbe la contratación de seguros de gastos médicos.

El paquete aprobado modifica la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley General de Comunicación Social, y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. A su vez, se creó una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Entre lo reformado se destacan nuevas fechas para el inicio de los procesos electorales a nivel federal: En lugar de que los comicios empiecen a organizarse en el mes de septiembre del año previo a la elección, ahora estas actividades tendrán que iniciar hasta la tercera semana de noviembre.

Asimismo, se permitirá votar sin credencial del INE a los mexicanos que radican en el extranjero, quienes podrán sufragar desde el país en donde se encuentren presentando solo su pasaporte.

El derecho al voto también se garantiza para las personas en prisión preventiva, pues -al no estar sentenciadas- el INE tendrá la obligación de “proveer lo necesario” para que esta población emita su voto.

Lo mismo sucederá con las personas que viven con alguna discapacidad, o que se encuentren “en estado de postración”, para ellos el INE deberá implementar todos los mecanismos a su alcance a fin de que estos ciudadanos puedan votar en su propio domicilio, en una fecha cercana al día de la jornada electoral.

Menos recursos y nada de ahorros

Al reestructurarse el INE, como lo prevé la reforma, este organismo contará con un menor presupuesto, y al mismo tiempo tendrá que acatar la prohibición de “destinar ahorros, economías o remanentes” a la constitución u operación de fideicomisos. En caso de que exista algún ahorro o subejercicio presupuestal, el INE debe devolver los recursos a la Tesorería de la Federación.

Uno de los efectos de este Plan B electoral aprobado por el Congreso será el despido inmediato de cientos de trabajadores, tanto del INE como de los OPLES, situación que pone en riesgo la adecuada organización de los comicios.

En cuanto al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la reforma limita la facultad de los magistrados electorales para anular candidaturas, en los casos en los que los aspirantes trasgredan la legislación. Así, por ejemplo, los candidatos podrán mantenerse en la contienda electoral aun cuando excedan los topes de campaña o dejen de reportar sus gastos al INE.

Debido a que también se modificó la Ley General de Comunicación Social, ahora se permitirá la propaganda gubernamental en los periodos electorales, por lo que ni el INE ni el Tribunal Electoral podrán sancionar a los servidores públicos que realicen promoción de los logros alcanzados en sus respectivos gobiernos.

Una vez que la reforma se publique en el Diario Oficial de la Federación, los legisladores de oposición tienen un plazo de treinta días naturales para promover una Acción de Inconstitucionalidad en su contra, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.