Diputados Aprueban Plan B Electoral de AMLO que Trasgrede Autonomía del INE

Se reestructuran el INE y los OPLES, permite que mexicanos en el extranjero voten sin credencial, y se autoriza propaganda del gobierno en elecciones. Además, se elimina el PREP.

Con el voto a favor de Morena, y los partidos del Trabajo y Verde Ecologista de México, la Cámara de Diputados aprobó la madrugada de este miércoles un paquete de reformas a las leyes secundarias en materia electoral, denominadas como el plan B del presidente Andrés Manuel López Obrador, luego del rechazo de su iniciativa que en el mismo tema planteaba modificar la Constitución.

Las reformas, que fueron avaladas con 267 votos a favor, 219 en contra y ninguna abstención, incluyen a Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; Ley General de Comunicación Social, y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, además de una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Los diputados opositores a Morena decidieron retirarse de la sesión, que inició después de las 11 de la noche del martes, luego de fijar su posicionamiento en desacuerdo con las iniciativas del presidente, a las que consideraron como “un intento de sabotaje al proceso electoral de 2024”.

No obstante, votaron en contra a través de sus dispositivos electrónicos, pues la sesión se desarrolló en la modalidad mixta, presencial en el recinto legislativo, y a distancia a través de internet.

Estos cambios, que ahora debe aprobar el Senado, intervienen en la autonomía del Instituto Nacional Electoral (INE), plantean una reestructuración de sus órganos internos y direcciones, lo que traerá el despido de cientos de trabajadores; eliminan el servicio profesional de carrera del INE, y ordenan que ningún consejero perciba una remuneración superior a la del presidente.

De igual forma, se compactan las funciones de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES), que también deberán reducir su personal; se cancelan los fideicomisos creados por el INE para enfrentar los pasivos laborales; se prohíbe la contratación de seguros de gastos médicos, y se modifican las fechas de inicio para los procesos electorales.

Sobre esto, en vez de que las elecciones a nivel federal empiecen a organizarse en el mes de septiembre, como ocurre actualmente, dichas actividades se recorren a la tercera semana de noviembre del año previo a la elección.

En cuanto a los recursos presupuestales del INE, a este organismo se le prohíbe “destinar ahorros, economías o remanentes” a la constitución u operación de fideicomisos, y en caso de que se presenten subejercicios o ahorros, estos deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, pues “queda prohibido al Instituto realizar erogaciones, reasignaciones o crear nuevos programas o proyectos con cargo a ahorros y economías” de su presupuesto.

Migrantes y presos beneficiados

Asimismo, lo aprobado por los diputados permitirá que los mexicanos que viven en el extranjero puedan votar sin la credencial que emite para todos los ciudadanos el INE, avalando que esa población pueda sufragar solo con su pasaporte.

La reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales también establece que voten las personas que se encuentren en prisión preventiva oficiosa, es decir, aquellas que no han sido condenadas, por lo que el INE deberá proveer lo necesario para garantizarles este derecho a los detenidos.

Un mandato similar se establece para el INE en el caso de “las personas con discapacidad permanente o en estado de postración”, quienes podrán votar en su propio domicilio en una fecha cercana al día de la jornada electoral, antes de que se lleven a cabo las votaciones generales.

Menores sanciones

Las nuevas disposiciones aprobadas en la Cámara de Diputados limitan la interpretación normativa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al señalar que las “sanciones administrativas o jurisdiccionales en materia electoral” deberán aplicarse bajo el principio de estricto derecho (a la letra de las leyes), y “no podrán imponerse por simple analogía o por mayoría de razón”.

En ese mismo sentido, “en ningún caso se podrán suspender derechos o prerrogativas político-electorales de la ciudadanía por sanciones administrativas, o judiciales (sic) distintas de las penales”, lo que quiere decir que, si algún ciudadano trasgrede las leyes en esta materia, no habrá ningún tipo de sanción, a menos de que la conducta sea un delito electoral.

También se prohíbe que el INE y el Tribunal Electoral cancelen candidaturas como sanción para los aspirantes que cometan alguna falta grave, en tanto que se permite la propaganda del gobierno en los periodos electorales.

Por otro lado, la reforma añade una prohibición a los partidos políticos y a los candidatos, quienes -antes de esta reforma- no podían calumniar a personas en sus campañas de difusión. Ahora tampoco podrán difundir “expresiones que calumnien a las personas, a los partidos políticos o a los gobiernos emanados de estos”.

Sobre las multas que impone el INE a los partidos políticos, que se pagan recortando el presupuesto que se les destina a estas organizaciones, la reforma también acota las facultades de la autoridad electoral al impedirle que esos recursos presupuestarios puedan ser alterados.

En lo que se refiere a los resultados electorales, se desaparece el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), y se introduce la obligación para que el conteo oficial de los votos inicie el mismo domingo en el que se lleven a cabo los comicios, luego de que cierren las casillas. Actualmente el cómputo oficial de los sufragios se realiza el miércoles siguiente al día de la elección.