SCJN Confirma Suspensión del Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil

El Panaut no puede implementarse hasta que se determine su constitucionalidad, determinó la Primera Sala de la Corte

Por Surya Palacios / Alto NIvel

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) seguirá suspendido hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determine si esa base de datos que pretende crearse es constitucional, así lo confirmó este miércoles la Primera Sala del máximo tribunal del país al desechar un recurso de reclamación promovido por el presidente Andrés Manuel López Obrador, a través de su Consejería Jurídica.

Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Corte desechó la reclamación del Poder Ejecutivo Federal en contra de la suspensión otorgada al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el pasado 15 de junio, organismo que logró paralizar el Panaut promoviendo una Controversia Constitucional.

Con el otorgamiento de la suspensión en los términos precisados, no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano”, determinó la Primera Sala en su fallo.

Por el contrario, la suspensión del padrón referido “busca asegurar provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora (el IFT), y evitar se le cause un daño irreparable, respetando los principios básicos que rigen la vida política, social o económica del país”, añade la resolución.

De hecho, la mayoría de los ministros de la Primera Sala coincidieron en que la medida cautelar que impide la implementación del Panaut, no causa ningún daño ni al demandante, que es el IFT, ni a la sociedad.