Este es, uno de los arcaísmos que hemos heredado de la cultura de los primeros años del proceso civilizatorio del Estado mexicano; luego que se crearon las instituciones, los comicios eran protagonizados con la cultura cerrera de los post revolucionarios; he ahí la explicación, a la de a güevo imponían la sobriedad para que se comportaran como ciudadanos de una democracia a la hora de los votos; por lo tanto cierre obligado de todo abrevadero.
Hoy, en pleno siglo XXI, la democracia electoral se ha asentado en la sociedad, y el imponer la denominada «Ley seca» es una ofensa al ciudadano, que ya, entendemos tiene la mayoría de edad para que el Estado no lo joda con la abstinencia forzada, que, desde luego es un decir, porque todo bebedor sabe de lo inopinado de la medida, y de antemano se prepara y llena su refrigerado de cheve «por si acaso»; es decir, el consumo en lugar de disminuir, aumenta..!
Y pues ni modo de dejar que se eche a perder la cerveza, hay que tomar en sábado y después de ir a votar por el candidato de sus preferencias.
Desde este espacio, el escriba conmina a toda autoridad que tiene atribuciones para promover cambios legislativos, para que, derogue esta absurda disposición; y las próximas elecciones no tengamos encima el fantasma de la abstinencia forzada por el Estado
Los nayaritas, somos ciudadanos libres, responsables y mayores de edad; además con esta manida disposición, los restaurantes, cantinas, piqueras pierden sus gananciales de dos días. Solo las tiendas departamentales incrementan sus ventas de brebajes con alcohol.
Y a petición de Mario Pacheco, publicamos contra nuestra voluntad, el siguiente comunicado:
AVISO A LOS CONCESIONARIOS DE PERMISOS EN EL RAMO DE ALCOHOLES
Con fundamento en el Artículo 167 de la Ley Electoral del Estado de Nayarit, se hace del conocimiento a los concesionarios de permisos en el Ramo de Alcoholes del Estado de Nayarit, que se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 00:00 horas del día Sábado 3 de Junio y hasta las 24:00 horas del día 4 de Junio del 2017.
“Artículo 167.- El día de las elecciones y el anterior, se prohíbe la venta de bebidas embriagantes. Quien infrinja esta disposición será sancionado en los términos de la ley”
Lo anterior con motivo de la elección constitucional que se llevara a cabo para elegir Gobernador, Presidentes Municipales, Diputados Locales y Regidores.
ATENTAMENTE
SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS