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Claudia Sheinbaum Pardo Presenta Ley para Aumentar Penas contra el Feminicidio

La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y Ernestina Godoy, presentan una propuesta de Ley General para prevenir, investigar y sancionar el feminicidio, que tiene como objetivo primordial homologar a nivel nacional el tipo penal, las razones de género, las agravantes, los procedimientos de investigación y las penas; bajo este nuevo marco jurídico, se establece una sanción de 40 a 70 años de prisión.

Durante la conferencia matutina, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo informó que la propuesta, que será enviada hoy mismo al Senado de la República, consiste en modificar el Artículo 73 constitucional para facultar al Congreso de la Unión a expedir una Ley general en la materia.

Asimismo, explicó que al ser una Ley de carácter general, su cumplimiento y aplicación deberán ser aprobados y replicados en todos los estados de la República Mexicana.

Unificación de criterios en la investigación del feminicidio

La Fiscal General de la República detalló que el motivo de esta Ley es porque actualmente las fiscalías estatales persiguen el feminicidio de forma distinta. «Cada estado tiene un determinado categorías de razones de género y agravantes, entonces en muchos casos da impunidad en determinados casos; es uno de los avances de esta Ley general buscando homogenizar el tipo penal, el tema de las razones de género, las agravantes, las penas y, por otro lado, la forma de investigar», precisó la funcionaria.

Godoy abundó que se busca una metodología de trabajo ministerial uniforme: «estamos buscando que se investigue de una manera homogénea, las diligencias que se tienen que hacer, los peritajes, la forma en que tienen que trabajar los ministeriales, por ejemplo para resguardar las escenas de crimen; creo que es una de las cosas que está buscando aportar esta ley, independientemente de todas las políticas públicas que están siendo de manera general para todo el país».

En este punto, la Presidenta Claudia Sheinbaum resaltó que eso es un cambio sustantivo: “Con esta Ley está obligado el Ministerio Público a investigar como feminicidio cualquier muerte violenta”, detalló Sheinbaum a mandataria ejemplificó que se busca evitar que muchos casos, como ocurría en el pasado, se intenten camuflar como suicidios para evitar su investigación como feminicidios.

“Que nunca más un feminicidio sea catalogado como suicidio culpando a la propia mujer de una muerte violenta”, agregó.

Por su parte, Ernestina Godoy detalló que para atacar la violencia feminicida se requiere una reforma al inciso A de la fracción XXI del Artículo 73 constitucional. Esto permitiría al Congreso de la Unión expedir la Ley General que establezca el tipo penal y su sanción, permitiendo una articulación de acciones que garanticen el acceso a una vida libre de violencia para mujeres, niñas y adolescentes. La Fiscal añadió que este proyecto parte de la premisa de que el feminicidio es una grave violación a los derechos humanos que exige respuestas estructurales tanto en el ámbito legislativo como en la procuración de justicia.

Razones de género y agravantes reconocidas en la Ley

En cuanto a la redacción técnica de la Ley, la propuesta reconoce nueve razones de género, entre las que se incluyen signos de violencia sexual, antecedentes de violencia, prejuicios, estereotipos, relaciones de poder o subordinación, incomunicación de la víctima, estado de indefensión o exposición del cuerpo. Además de la pena máxima de 70 años, la tentativa se sancionará con una pena de entre la mitad y las dos terceras partes de la condena prevista. La iniciativa también plantea al menos 21 agravantes, calificadas como «muy importantes» por la Fiscalía, que incluyen casos donde la víctima sea niña, adolescente, persona mayor o con discapacidad, así como crímenes cometidos frente a hijos o hijas o contra mujeres en situación de movilidad migrante o de pueblos originarios.

La propuesta también establece que el delito de feminicidio se investigará y perseguirá de oficio, incorporando de manera obligatoria la perspectiva de género en cada etapa del proceso. Un aspecto relevante es que el ejercicio de la acción penal, la sanción y la reparación integral del daño serán imprescriptibles. Sobre este punto, la Presidenta agregó que es un factor clave que la Fiscalía define como una situación de «flagrancia continua».

Finalmente, la iniciativa contempla que el responsable del feminicidio perderá derechos sucesorios y la patria potestad, tutela o custodia de hijos e hijas de pleno derecho. Asimismo, se establecen protocolos especializados de actuación para preservar adecuadamente los indicios y garantizar la continuidad procesal desde el inicio hasta la ejecución de las sanciones.

En tanto que Ingrid Gómez, titular de la Secretaría de las Mujeres, destacó que la Ley mandata a las plataformas digitales a respetar la dignidad de las víctimas, prohibiendo la exhibición de imágenes de manera amarillista para proteger a las víctimas y sus familias.

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