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EL  PECADO NOTARIAL

  • La confianza del fedatario

  • Fibba omisión de origen

Con las acciones punitivas en contra de varios notarios de la entidad, y referidos los casos a las ventas de terrenos del FIBBA en los gobiernos de Ney González y Roberto Sandoval, el escriba que tuvo cercanía del manejo de este fideicomiso en el gobierno de Rigoberto Ochoa, conoció que los contratos de venta de terrenos del Fraccionamiento Nuevo Vallarta eran absolutamente leoninos, ya que por un simple atraso del pago de la mensualidad, el Fibba recuperaba el terreno en cuestión, sin que se les regresaran las aportaciones a los primeros compradores.

Muchos terrenos de este fraccionamiento que no construyeron sus compradores, fueron así recuperados y vendidos nuevamente; negocio redondo.

Empero, siendo los bienes que adquirió mediante indemnización el gobierno federal y creado el Fideicomiso Bahía de Banderas, para el desarrollo turístico de gran gama, su régimen entra al nivel de bienes nacionales, así que las ventas de terrenos para fraccionamientos forzosa y necesariamente tenían que pasar por el avalúo del INDAABIN que es el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

Que realiza justipreciaciones para la compra, venta o renta de inmuebles por parte del gobierno.

Este, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que se encarga de administrar, valuar y dar certeza jurídica al patrimonio inmobiliario del Gobierno Federal. Dado que las operaciones del Fibba para su regular enajenación tenían que llevar el avalúo del terreno vendido a un fraccionador, el respectivo avalúo de este instituto, ya que existió un acuerdo administrativo que era obligado su cumplimiento; y eso lo sabían los delegados fiduciarios que estaban a cargo del Fibba.

Solo que a estos gobernadores, les pareció prudente saltarse este requisito de forma y vender terrenos a terceros con precios convenidos fuera de la realidad del mercado inmobiliario con unos avalúos ajenos a los que estaba obligado realizar para la venta.

Es decir toda las ventas que hiciese el Fibba tendrían que llevar el avalúo del INDAABIN; y algunos de los notarios que hoy están sujetos a procesos, al recibir en sus oficinas la documentación que les enviaba el Fibba para llevar a cabo la operación de compraventa, confiaron en la obviedad que si era la instrucción del gobernador o del delegado fiduciario el que les enviaba la documentación para darle el trámite a la operación de compraventa, pues todo estaba en regla.

Esta omisión administrativa de la operación notarial, de origen es imputable al delegado fiduciario y al gobernador que dio la instrucción sobre el precio de venta (posiblemente amañado) del metro cuadrado de los terrenos enajenados.

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Si hubo una ganancia ilícita en las operaciones de compraventa de estos terrenos donde ya se construyeron fraccionamientos, sin duda no le tocó ni un cinco al notario que llevó a cabo la escritura de venta, pues solo cobró su 2% del valor del inmueble enajenado; y en esta actuación, no existe un elemento fundamental de la acción punitiva, sin duda en algunas operaciones el notario actuó de buena fe, sin animus delicti.

Cuántas operaciones notariales de este tipo que hoy son el fundamento de la carpeta penal están en este caso..? Es decir que no llevaron el avalúo del INDAABIN..?

Sepa..! quizás estas interrogantes nos las pudiera contestar la licenciada Elvia Ludmila Heredia  Verdugo, -Fiscal  General del Estado- que con estos lances judiciales está haciendo honor a su apellido materno…


Contacto.- cronicaslip@gmail.com


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Luis Ignacio Palacios Abogado, periodista de opinión e investigador de temas jurídico políticos; pionero en el periodismo de internet con su página “Crónicas del Sexenio” desde 1990. Premio estatal de periodismo en 1993. Ha sido columnista de los principales diarios impresos de Tepic Nayt. y de Puerto Vallarta Jal. Líder de opinión y referente en noticieros locales sobre el quehacer político gubernamental en la entidad.

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