PROTEGERNOS del COVID-19

 

  • Algunas medidas tomadas por particulares y gobiernos locales para protegerse del COVID-19 son ilegales y violatorias de derechos humanos
  • Por Surya Palacios. Publicado en Alto Nivel

Enfermeras que han sido rechazadas en el transporte público en Guadalajara, vecinos de pacientes que han dado positivo a COVID-19 que arrojan cloro a las puertas de los enfermos; conjuntos habitacionales que intentan limitar la privacidad personal; y hasta cierres de calles que pretenden servir como medida de aislamiento, son algunas de las conductas ilegales y violatorias de los derechos humanos que han emprendido algunos mexicanos para protegerse del coronavirus.

Se trata de respuestas exageradas que no tienen ningún sustento jurídico, y mucho menos científico, por lo que esas acciones, lejos de ayudar a contener la pandemia, afectan la convivencia social y la tranquilidad que todos debemos tener en estos momentos de emergencia.

Violación de la privacidad personal

Nadie tiene por qué informar a sus vecinos que padece COVID-19, nuestro estado de salud forma parte del derecho humano a la privacidad personal. Pretender que en un edificio o en un conjunto habitacional se informe a la administración, o a los vigilantes, si hay algún contagiado, es violatorio de los derechos fundamentales.

Ningún reglamento interno, y ninguna medida de este tipo, aunque sea tomada por la mayoría de los vecinos, puede obligar a que una persona informe sobre su condición. El estado de salud es un dato personal sensible que debe quedar en nuestra intimidad, pues hacerlo público propicia actos discriminatorios.

Así es que si en tu edificio te están pidiendo que notifiques si padeces COVID-19, haz caso omiso de esa petición, tus vecinos o la administración del inmueble no pueden obligarte, de ninguna forma, a que desveles tu estado de salud.

Ahora bien, si estás enfermo, evidentemente debes ser responsable, seguir todas las indicaciones de los médicos, y permanecer en tu hogar el tiempo que te ordenen los facultativos, en este caso, toda la información científica disponible ha establecido que la mayoría de los convalecientes se recupera en dos o tres semanas. Aquellos que son asintomáticos, pero que ya dieron positivo a la prueba de COVID-19, deben guardar cuarentena por lo menos 14 días, de acuerdo con las directrices establecidas por la Organización Mundial de la Salud.

Evidentemente, si sospechas que estás enfermo, o si estuviste con una persona enferma de coronavirus, debes ser prudente y, aunque no tengas síntomas, trata de no hacer actividades en las áreas comunes de lugar donde vives. Es cierto que tienes derecho a no informar sobre tu estado de salud, pero también tienes la obligación de no poner en riesgo a las personas de tu comunidad. Lo correcto en estos casos es que te quedes en tu casa.

Discriminación y agresiones

La Comisión interinstitucional de enfermeras de Jalisco denunció en medios de comunicación que en esa entidad se han registrado varias agresiones en contra de trabajadoras de este sector, a quienes les han negado el servicio de transporte público, y en un caso, una enfermera recibió un baño de agua con cloro en plena vía pública.

Edith Mujica, presidenta de esa comisión, pidió que intervinieran las autoridades para salvaguardar la integridad de las enfermeras, quienes al ser vistas con su uniforme han sido objeto de discriminación sobre todo de parte de conductores y usuarios del transporte en Guadalajara.

Este tipo de reacciones no solo son exageradas, sino irracionales, y por supuesto violatorias de los derechos humanos de las enfermeras. Negar que suban al transporte público es un acto de discriminación que ameritaría sanciones de parte del gobierno del estado para las empresas concesionarias. En tanto que quien arroja agua con cloro, o cualquier otra sustancia, al cuerpo de una persona, comete el delito de lesiones, de acuerdo con el artículo 206 del Código penal para el estado de Jalisco.

Lo mismo sucede para los vecinos que tiraron cloro en la puerta del departamento de un joven que dio positivo a COVID-19 en la Ciudad de México. Esa acción puede denunciarse ante el Ministerio Público como daño a la propiedad, considerando el artículo 239 del Código Penal capitalino.

Libertad y responsabilidad

Los estados y municipios del país no tienen facultades para suspender los derechos y garantías reconocidos en nuestra Constitución, ni siquiera en el estado de emergencia en el que nos encontramos. Por eso son inconstitucionales los toques de queda o cualquier otra restricción a la libertad de tránsito. Hasta ahora, el gobierno federal está pidiendo que el resguardo domiciliario sea una limitación voluntaria de nuestra movilidad.

Esto quiere decir que, como ciudadanos conscientes, para colaborar con la autoridad en beneficio de todos, debemos tratar de quedarnos en nuestras casas. Pero si necesitas salir, no hay una prohibición que en términos jurídicos le permita a la policía detenerte, tal y como sí ha ocurrido en otros países. Por eso, limita al máximo tus salidas, al hacerlo eres responsable contigo mismo, con tu familia y con nuestra sociedad en general.

En el caso del estado de Yucatán, cuyo gobierno anunció que sancionará con tres años de prisión, y multa de hasta 86,800 pesos, a quien no cumpla con el aislamiento en caso de tener síntomas o dar positivo a COVID-19, estamos ante una medida claramente inconstitucional. Ninguna ley estatal puede sobrepasar los términos que establece nuestra carta magna. Si una persona enferma tiene que trasladarse, por ejemplo, al hospital, o debe ir a la farmacia, nadie puede detenerla, y mucho menos encarcelarla.

No obstante, si vives en Yucatán, y estás enfermo, no debes realizar actividades que pongan en riesgo a terceras personas. Por ejemplo, si diste positivo a COVID-19, y en vez de guardar cama te vas a una fiesta, estarías actuando de manera irresponsable, y ubicándote en el supuesto legal que permitiría a las autoridades locales apresarte, pues el artículo 189 del Código Penal de esa entidad prevé el delito de peligro de contagio.

Una disposición similar fue expresada por el gobernador de Baja California, Jaime Bonilla, quien aseguró que, desde este martes, “queda prohibido andar ambulando en las calles sin ningún motivo”. Bonilla agregó que quien salga de su casa no debe sorprenderse si la policía, la Guardia Nacional o el Ejército “se acerquen con ustedes si no tienen ningún propósito”. Esta medida es violatoria del artículo 11 de la Constitución, es decir, lesiona el derecho a la libertad de tránsito.

Las corporaciones de seguridad de las entidades federativas, municipales, o incluso de la federación, como la Guardia Nacional, no están facultadas para molestar a las personas si estas no acatan la recomendación de permanecer en sus casas, pues eso también significa violar el artículo 16 de la Constitución.

Conocer estos límites que legal y constitucionalmente debe observar la autoridad, así como las personas en lo general, nos sirven para lograr una mejor convivencia ante la difícil situación que enfrentamos. No es una invitación a hacer caso omiso a las disposiciones sanitarias emitidas por el gobierno federal. Aunque estas sean recomendaciones, que de incumplirse no ameritan sanción alguna, debemos ser socialmente responsables, de eso depende el bienestar de todos.

  • Surya Palacios, es socióloga y Abogada, master en Derecho Constitucional, periodista, fue directora de la Agencia France de Noticias en América, consultor jurídico y actualmente labora para grupo Expansión.
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Incursiona en géneros periodísticos, hace reportajes e investigación; es abogado, en “La Voz de Nayarit” como analista político. Los avatares del periodismo de opinión lo llevan al extinto “El Nayar”; posteriormente al revivir el diario como “Meridiano” es uno de sus columnistas principales. El gobierno de Celso Delgado y las organizaciones de periodistas le entregan el Premio Estatal de Periodismo 1993 en la modalidad de “Crónica”. Hace treinta y cinco años nace el periódico regional “Avance” y desde entonces es miembro de su página editorial como analista político. Pionero en Nayarit de periodismo en Internet, publica una página en la web “Crónicas del Sexenio”; se muda un par de años a Nuevo Vallarta y publica en los periódicos “Vallarta Opina” y “Nayarit Opina”. De regreso a Tepic incursiona en la Televisión pública como analista político. Establece una Consultoría Jurídica-Política y retoma el espacio en Internet, como periodista de opinión y reportero entrevistador.