¿MEDIDAS DE PROTECCIÓN SIN MP´..?

  • Modalidad que implementa Rocío Esther González
  • Resolutivo que cubre un espacio de justicia familiar

En su espacio del FB, el poder judicial por conducto de su magistrada presidente, dio a conocer que “Por acuerdo del Consejo de la Judicatura, que preside la magistrada Rocío Esther González García, a partir de este lunes 16 de enero las Salas de Oralidad anexas a los Centros de Justicia para la Mujer de Tepic y Bahía de Banderas tendrán competencia en materia de violencia familiar.

Las mencionadas Salas están a cargo, respectivamente, de las juezas Maby Urania Margarita Silva Guzmán y Marlene Gómez López.

La función de las juezas y jueces adscritos a las Salas de oralidad, será otorgar órdenes de protección en materia familiar, para las víctimas de violencia familiar, y en su caso, otorgarlas de manera preventiva, conforme al respectivo acuerdo del Consejo.

Las Salas de Violencia Familiar se ubican en áreas anexas a los Centros de Justicia para la Mujer de dichos municipios: en Tepic, con domicilio en avenida Rey Nayar número 199, colonia Aviación, junto al antiguo aeropuerto, y en Bahía de Banderas, en la localidad de Bucerías…”

Esta medida, los Abogados litigantes en materia familiar, la han ejercido desde hace años, en base a lo que está previsto en el Libro Cuarto, título y capítulo primero del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nayarit; en el corto espacio de la legislación adjetiva que establece el Derecho Procesal Familiar, son 14 artículos dentro del cuales, los jueces de primera instancia civil mixtos y familiares pueden autorizar la adopción de medidas cautelares ante actos de violencia familiar.

La magistrada presidente impulsó en reciente sesión los respectivos acuerdos del Consejo tienen como propósito facilitar el acceso a la justicia a quienes padecen el flagelo de la violencia familiar.

Es un acto de elemental justicia, que en lo práctico evita la pachorra y consustancial dilaciones que tienen los jueces civiles, y, que suple una grave deficiencia que tiene la Fiscalía General del Estado, y la Procuraduría de la defensa de los derechos de la mujer; se trata de que los agentes del Ministerio Público y las representantes de esta Procuraduría que se encuentran acreditados ante los juzgados familiares y mixtos, son absolutamente incompetentes.

Difícilmente acuden a las audiencias, van cuando ya las actuaciones judiciales terminaron, solo para darle formalidad a una presencia que fue inexistente, firman unos acuerdos en los cuales no estuvieron, y que en ocasiones, merced a la argucia y el talento de alguno de los Abogados de las partes, se cometen acciones judiciales que nada tienen que ver con la equidad ni la justicia.

Los agentes del Ministerio Público que se encuentran en estos centros de justicia familiar, generalmente son mujeres y una inmensa mayoría de ellas no tienen la empatía suficiente para cumplir adecuadamente su trabajo, en las actuaciones previas, antes de judicializar algún asunto, su medianía entorpece y dilata el ejercicio de la acción punitiva, contribuyendo a hacer nugatoria la justicia para la mujer, hijos o familias agraviadas.

Hemos escuchado la palabras de enojo de las madres de familia, ante las dilaciones y pretextos que ponen las dilectas abogadas que son las representantes de la institución del MP…, “parece que las parió el diablo.., méndigas viejas tan incompetentes.”

De una u otra manera, con el ejemplo del poder ejecutivo que está sacudiendo las entrañas mismas de la juridicidad de las acciones de la Fiscalía General, ahora el poder judicial, con el actuar de Rocío Esther González, magistrada presidente, cubre espacios vacíos del derecho procesal familiar ante la pasividad e ineficiencia de las MP´s.

Enhorabuena…

Contacto.- mirtha.palacios@hotmail.com