INEJECUCIÓN DE SENTENCIA

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  • destituyen y consignan ante Juez de Distrito Penal a Jaime Cuevas y funcionarios de BadeBa
  • viejo asunto legal que dejaron crecer; no se supieron defender en base a la ley
  • mas de 139 millones de pesos el adeudo; no presentaron excepciones jurídicas

Ayer, circuló como reguero de pólvora, la copia de la sentencia que dictó el 22 de agosto del año en curso el III Tribunal colegiado en materia civil del III Distrito con sede en Zapopan Jalisco; se trata del resolutivo del toca #1/2019, cuyos considerandos señalan:

“Y por su parte, se advierte la contumacia de las autoridades responsables, en cuanto a dar cabal cumplimiento a la ejecutoria de amparo, en virtud de que de autos se advierte que no se cuenta con acto alguno por parte de las autoridades responsables del cual se pudiera inferir, cuando menos la intención de corresponder con lo requerido, ello puesto que no acreditó, haber gestionado acto alguno que tuviera como finalidad celebrar o contratar obligaciones o empréstitos, para realizar el pago en favor de la parte quejosa, en términos de la legislación aplicable, no obstante de habérsele otorgado un plazo de treinta días.”

Se trata de que las actuales autoridades municipales del Ayuntamiento de Bahía de Banderas, cumplieran el convenio elevado a la categoría de sentencia ejecutoriada suscrito el 15 de marzo del 2015 en el juicio civil ejecutivo del juzgado III civil de Puerto Vallarta.

Jaime Cuevas, su síndico, su tesorero y su secretario se defendieron tardíamente aduciendo que

“En este sentido, si bien es cierto pretende se haga efectivo el requerimiento de fechas 18 de diciembre de 2018 y 21 de enero de 2019, en esa guisa, es oportuno manifestar que para cumplir con el fallo protector LO ESENCIAL ES QUE SE CUENTE CON SUFICIENCIA PRESUPUESTAL PARA CUMPLIMENTAR LA SENTENCIA DE AMPARO, QUE SE HACE CONSISTIR EN PAGO DE PRESTACIONES EN DINERO AL QUEJOSO,

EN ESTE ENTORNO SE INFORMA AL ÓRGANO JURISDICCIONAL LA IMPOSIBILIDAD JURÍDICA Y MATERIAL PARA LOS EFECTOS DE LA

EJECUTORIA DE AMPARO, PRECISAMENTE POR LA FALTA DE SUFICIENCIA PRESUPUESTAL. LO ANTERIOR ES FEHACIENTE MEDIANTE LA INSPECCIÓN QUE ESTA AUTORIDAD HAGA DE PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL AÑO 2019 EN LO RELATIVO

AL MUNICIPIO QUE REPRESENTAMOS…”

Con tales pretextos las autoridades requeridas ante el Juez del amparo señalaron tardíamente que se encuentran materialmente impedidas para darle cumplimiento a la sentencia de millones a su cargo. Sin haber hecho uso de los recursos que la Ley de amparo tiene, así que el presupuesto de la destitución y consignación al Juzgado Penal de Distrito de Jaime Cuevas Tello, su tesorero, su síndico y el secretario del actual Ayuntamiento de BadeBa está legalmente justificado:

“Consecuentemente, al no quedar justificada la imposibilidadjurídica de las autoridades responsables para dar cumplimiento con la ejecutoria de amparo, se dictamina que esas autoridades han incurrido en incumplimiento.

Por ello, con la reticencia de las responsables de dar cumplimiento a la sentencia que concedió el amparo, es manifiesto el incumplimiento de ese fallo que pronunció este Órgano Jurisdiccional, al señalar que no cuentan con recursos necesarios para acatar la ejecutoria de amparo, se traduce en una abstención de su parte de atender lo dispuesto en la misma.

Debido lo anterior, dada la conducta omisiva del Ayuntamiento, Presidente Municipal, Secretario, Tesorero y Síndico, todos del Ayuntamiento de ***** ** ******** , Nayarit, en cumplir con el fallo protector, con fundamento en los artículos 196 y 197 de la Ley de Amparo vigente, Punto Tercero, fracción II, inciso 4, del Acuerdo General 12/2009, así como lo dispuesto en el Punto Cuarto, inciso IV, del Acuerdo General Numero 5/2013, se dictamina.

Sanciones que se propone imponer.

Por lo anterior, se considera que debe aplicarse a las autoridades responsables Ayuntamiento, Presidente Municipal, Secretario, Tesorero y Síndico, todos del Ayuntamiento de ***** ** ********, Nayarit, lo dispuesto en el artículo 107, fracción XVI, de la Constitución Federal, esto es, que sean separadas inmediatamente de su cargo, para ser consignadas directamente ante el Juez de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco, en turno, a fin de que en términos de la fracción I y último párrafo del artículo 267 de la Ley de Amparo, las juzgue por la desobediencia cometida y las sancione con las penas correspondientes.”

Es decir, los destituyen y los consignan penalmente ante Juez de Distrito en materia penal.

CORRESPONSABLES

En este desaguisado subyacen los negocios turbios del anterior sexenio, los nombres de Roberto Sandoval, Rafael Cervantes, José Gómez y Roy Rubio fueron los que en su momento permitieron las irregularidades mayúsculas del constructor contratado al que ahora le deben de pagar $ 139,656,793.50

CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES, SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL, SETENCIENTOS NOVENTA Y TRES MESOS CON CINCUENTA CENTAVOS, MONEDA NACIONAL.

Fallaron todos, y nadie fue capaz de hacer algo conforme a la ley de disciplina financiera que impide el enduedamiento voraz al que llegó uno de los municipios más ricos del país, que tan solo con el cobro de su predial, tenía superávit para el pago de su gasto corriente.

Y en menor medida este gobernador, el congreso del Estado y la ASEN, quienes conociendo el caso, no actuaron para evitar que se llegase al corolario que hoy impone el poder judicial de la federación.

Se creen chingones y desprecian el talento de los Abogados de experiencia…he ahí pues, el resultado, que de llevarse a cabo, trastocaría el escenario político local en el mediano plazo…

Contacto.- cronicaslip@gmail.com

 

 

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Incursiona en géneros periodísticos, hace reportajes e investigación; es abogado, en “La Voz de Nayarit” como analista político. Los avatares del periodismo de opinión lo llevan al extinto “El Nayar”; posteriormente al revivir el diario como “Meridiano” es uno de sus columnistas principales. El gobierno de Celso Delgado y las organizaciones de periodistas le entregan el Premio Estatal de Periodismo 1993 en la modalidad de “Crónica”. Hace treinta y cinco años nace el periódico regional “Avance” y desde entonces es miembro de su página editorial como analista político. Pionero en Nayarit de periodismo en Internet, publica una página en la web “Crónicas del Sexenio”; se muda un par de años a Nuevo Vallarta y publica en los periódicos “Vallarta Opina” y “Nayarit Opina”. De regreso a Tepic incursiona en la Televisión pública como analista político. Establece una Consultoría Jurídica-Política y retoma el espacio en Internet, como periodista de opinión y reportero entrevistador.