La causa penal era sin duda irrelevante, desde el punto de vista de los delitos no graves que son con los que inicia el nuevo sistema de justicia penal en la entidad; ayer, se llevó a cabo en el juzgado de oralidad de esta ciudad, bajo la conducción del juez Rodrigo Benítez Pérez, la primera audiencia del primer juicio oral penal, cuyo procedimiento de inició el día 31 de diciembre.

Un raterillo de poca monta, se roba unos zapatos de una de las tiendas Coppel de esta ciudad, es aprehendido y puesto a disposición del agente del ministerio público en turno de estos delitos en la Fiscalía general del Estado; quién, en el ejercicio de sus atribuciones hizo lo conducente, lo que le establece en la fase preliminar del NSJP, se calificó de legal la detención del infractor, que en la parte sustantiva consiste en la acreditación de las circunstancias fácticas de la existencia del delito y de la responsabilidad de quién lo cometió.

Debemos de entenderlo, el sistema penal acusatorio, orienta sus beneficios a la víctima del hecho delictivo; en dónde nada es posible sin la garantía de la reparación del daño, respecto de lo cual, la víctima, y en este caso, al representante legal de la empresa Coppel le salvaguardaron sus intereses patrimoniales cuyo objeto materia del ilícito, fueron unos pares de zapatos.

Este es, un contexto totalmente diferente al que conocemos; el imputado, detenido el último día del año anterior, fue imputado del delito cometido y el juez de control decretó legal su detención, y le impuso una garantía para gozar de su libertad provisional con la obligación de ir a firmar cada quince días al juzgado de oralidad; además le impuso la medida cautelar de no acercarse a ninguna tienda Coppel.

El imputado, tuvo como defensa, a uno de los integrantes de la defensoría de oficio, entidad que depende del poder ejecutivo; quién junto el agente del MP de la fiscalía, se pusieron de acuerdo en solicitarle al juez de oralidad, una de las medidas alternativas para la solución de los conflictos derivados de los hechos ilícitos, en el caso, se solicitó el procedimiento abreviado.

Este es, un mecanismo para despresurizar el enjuiciamiento oral, se pide antes de la apertura del juicio oral por parte del MP,  tal cual lo hicieron, dado que no existía oposición de la víctima, en este caso, el representante legal de la empresa ofendida, Coppel estuvo de acuerdo en la suscripción de acuerdo reparatorio; de esta manera, en la audiencia de ayer, el juez de control, constató que el imputado tenía conocimiento pleno de su derecho a ser juzgado oralmente; de que renunciaba a este derecho y admitía su culpabilidad en la comisión del robo a la casa comercial.

El acuerdo instrumentó la reparación del daño y la garantía para cumplirlo.

De esta manera, el juez de control no tuvo óbice para aplicarle la pena de seis meses de prisión, que en la entidad, penas menores de cinco años, son conmutables por multa; en el caso, la causa penal se fue ya al juzgado de ejecución de sentencias para implementar las medidas que implica esta conmutación de la pena impuesta.

LO QUE FUNCIONÓ

Primero, los agentes investigadores de la Fiscalía general, que detuvieron en flagrancia al raterillo de los zapatos de la tienda Coppel, que integraron adecuadamente la carpeta de investigación que le dio sustento a la legal detención y a la imputación del hecho delictivo; que pudo ser sostenido por el MP ante la revisión del juez de control.

Y segundo, la actuación del MP junto al defensor de oficio, puesto que la solicitud del procedimiento abreviado funcionó a la perfección de los extremos de lo que establece el código nacional de procedimientos penales; el día de ayer, las partes procesales le solicitaron al juez de control que no hubiera audiencia para conocer el fallo condenatorio, y que les diera copia de la sentencia que le impusieron al sujeto activo del delito; seis meses de prisión.

Y tercero, la actuación del juez Rodrigo Benitez Pérez, que constató que hubo tipicidad del hecho imputado; admisión de culpabilidad y solvencia en el acuerdo reparatorio.

Aprobaron todos los sujetos procesales la funcionalidad del nuevo sistema, pese a la poca monta e impacto social del delito de robo simple.

Pueden sentirse medianamente satisfechos, Edgar Veytia el fiscal de hierro; Pedro Antonio Enríquez y Miguel Ahumada, artífices de la reforma en el poder judicial; y el ejecutivo estatal, con sus defensores de oficio; el nuevo sistema de justicia penal inicia en Nayarit con el pie derecho; un delito simple se resuelve en 35 días, despresurizando el Cereso y la administración de justicia oral.

LA MOSCA EN LA SOPA

A la eficiencia de llevar a cabo el primer juicio oral, que se resuelve en su primera etapa; en mayor proporcionalidad inversa, se acredita la enorme deficiencia del nuevo titular de la secretaría de administración del poder judicial, tan torpe, mal educado y desdeñoso como su predecesor Oscar Dionisio, ahora Julio César Meza, recién llegado a esta dependencia, se da el lujo de mandar olímpicamente a la chingada a los proveedores del poder judicial, y le manda a Pedro Antonio sus reclamos.

Si la torpeza de los contables contribuyeron al feo incidente que tiene al presidente del Tribunal en la picota del descrédito ante las acciones legales en su contra por parte del Órgano de fiscalización superior, con estas respuestas del nuevo titular, malos son los augurios para resolver adecuadamente el desaguisado financiero de seis millones cuatrocientos y tantos mil pesos que tiene el titular del poder judicial ante el órgano fiscalizador de la Cámara de diputados local.

Grave paradoja..! al togado Enríquez Soto, pocos le escatiman su capacidad intelectual y el reconocimiento a su cultura del derecho constitucional electoral; sin embargo, como jefe de la administración del poder judicial, ha permitido yerros administrativos, corrupción probada de jueces y a la fecha no se ha atrevido a aplicar serios correctivos que ameritan las faltas que se lavan en el seno del CEJ bajo el manto protector del número mayoritario de magistrados que tiene el enclave político del sátrapa anterior gobernante.

La sociedad requiere de eficiencia en la administración de justicia; sí, ahí lo están medianamente acreditando con el NSJP; empero, la pusilanimidad con que se trata la administración del CEJ y de cara a la sociedad, deja mucho que desear la conducta de su titular, que hoy se desenvuelve en un laberinto jurídico-administrativo de pronóstico nada grato…

Contacto.- cronicaslip@gmail.com

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Incursiona en géneros periodísticos, hace reportajes e investigación; es abogado, en “La Voz de Nayarit” como analista político. Los avatares del periodismo de opinión lo llevan al extinto “El Nayar”; posteriormente al revivir el diario como “Meridiano” es uno de sus columnistas principales. El gobierno de Celso Delgado y las organizaciones de periodistas le entregan el Premio Estatal de Periodismo 1993 en la modalidad de “Crónica”. Hace treinta y cinco años nace el periódico regional “Avance” y desde entonces es miembro de su página editorial como analista político. Pionero en Nayarit de periodismo en Internet, publica una página en la web “Crónicas del Sexenio”; se muda un par de años a Nuevo Vallarta y publica en los periódicos “Vallarta Opina” y “Nayarit Opina”. De regreso a Tepic incursiona en la Televisión pública como analista político. Establece una Consultoría Jurídica-Política y retoma el espacio en Internet, como periodista de opinión y reportero entrevistador.